jueves, 28 de abril de 2016

Normas Internacionales de Contabilidad - NIC

¿Qué son las Normas Internacionales de Contabilidad (NIIF - NIC)?

Seguramente usted y muchos colombianos nos preguntamos que son las tales NIIF - NIC y como ello nos afecta en nuestras empresas. Pues bien, acá un bosquejo general de lo que son las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC).
Con la entrada en vigencia de la ley 1314 del 2009 de Colombia, las normas internacionales y el proceso de convergencia en el cual nos encontramos actualmente ha tomado gran importancia en nuestro entorno contable.
Las NORMAS INTERNACIONALES nacen de la necesidad de unificar criterios y generar confianza en las bolsas de valores del mundo. Las normas internacionales buscan REVELAR la información TRANSPARENTE y CONFIABLE para los usuarios y así mostrar la REALIDAD ECONOMICA de la empresa.
Definición de NIIF o NIF o NIC
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son un conjunto de normas internacionales de contabilidad publicadas por el IASB (International Accounting Standards Board).
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP ha propuesto que estas normas sean conocidas en Colombia como Normas de Información Financiera – NIF.
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 1314 del 2009, las NIF son aquellas normas referentes a contabilidad e información financiera, que corresponde al sistema compuesto por postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales, normas técnicas sobre revelaciones, normas  técnicas sobre registros y libros, interpretaciones y guías, que permiten identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones económicas de un ente, de forma clara y completa, relevante, digna de crédito y comparable.
¿Cuál es el beneficio de implementar las NIIF - NIC?
La adopción de las NIIF le permite a una empresa presentar sus estados financieros en las mismas condiciones que su competencia en el exterior, lo cual facilita la comparación de la información financiera en  un mismo lenguaje contable.
Además, las empresas con filiales en los países que requieren o permiten las NIIF, pueden ser competentes en utilizar un lenguaje contable a escala mundial.
Si desea más información, lo invitamos a revisar los siguientes temas de interés sobre las NIIF.
Según la Ley 1314 de 2009, ¿quiénes deben implementar las NIIF - NIC en Colombia?
Es establecieron 3 grupos de Empresas para determinar las Normas que deben aplicarse para cada uno. Esta el Grupo 1 de NIIF Plenas, el Grupo 2 de NIIF para Pymes y el Grupo 3 de contabilidad simplificada para Microempresas.
¿Cuáles son los GRUPOS de las NIIF NIC en Colombia según la ley 1314 de 2009?

Quienes pertenecen al Grupo 1 - NIIF Plenas

a) Emisores de valores;
b) Entidades de interés público;
c) Entidades que tengan activos totales superiores a treinta mil (30.000) SMMLV o planta de personal superior a doscientos (200) trabajadores; que no sean emisores de valores ni entidades de interés público y que cumplan además cualquiera de los siguientes requisitos:
i. Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF;
ii. Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF;
iii. Realizar importaciones (pagos al exterior, si se trata de una empresa de servicios) o exportaciones (ingresos del exterior, si se trata de una empresa de servicios) que representen más del 50% de las compras (gastos y costos, si se trata de una empresa de servicios) o de las ventas (ingresos, si se trata de una compañía de servicios), respectivamente, del año inmediatamente anterior al ejercicio sobre el que se informa, o
iv. Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF.

Quienes pertenecen al Grupo 2 - NIIF para Pymes

El decreto 3022 de 2013 ya mencionado establece que son aquellos que no pertenezcan ni al grupo 1 ni al grupo 3. Por lo anterior, es necesario determinarlo en forma inversa, así:
·          NO Cotizar en Bolsa (No ser emisores de valores)
·          NO Captar y/o Colocar masivamente dineros del Público (No ser Entidad de Interés Público)
·         NO Ser subordinada o sucursal de una compañía nacional o extranjera que aplique NIIF Plenas y que adicionalmente la entidad cuente con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 SMMLV
·          NO Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF Plenas y que adicionalmente la entidad cuente con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 SMMLV
·          NO Realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas respectivamente y que adicionalmente la entidad cuente con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 SMMLV
·          Tener menos de 200 empleados. Si tiene más de 200 empleados puede pertenecer al grupo 2 SI NO no cumple con los requisitos del artículo 1 del Decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones o adiciones (Grupo 1)
·          Tener activos totales inferiores a 30.000 SMMLV (año base 2013 $17.685.000.000). Si tiene activos superiores a 30.000 SMMLV puede pertenecer al grupo 2 SI NO no cumple con los requisitos del artículo 1 del Decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones o adiciones (Grupo 1)
·          Una Microempresa con INGRESOS SUPERIORES a 6.000 SMMLV (año base 2013 $3.537.000.000)
¿Cómo será el Cronograma de Implementación?
Tal como ocurrió con los Grupos 1 y 3, el Grupo 2 deberá ceñirse al siguiente cronograma:
Año de Preparación Obligatoria: Del 1 de Enero de 2014 a Diciembre 31 de 2014
Año de Transición: Del 1 de Enero de 2015 a Diciembre 31 de 2015
Últimos Estados Financieros emitidos bajo los decretos 2649/93 y 2650/93: Diciembre 31 de 2015. En este año deberá emitir dos juegos de Estados Financieros, es decir, Bajo el decreto 2649/93 y cumpliendo la NIIF para las Pymes (IFRS for SME)
Año de Aplicación: A partir del 1 de Enero de 2016
Primer Periodo de Aplicación: Del 1 de Enero de 2016 a Diciembre 31 de 2016 
Microempresas podrán voluntariamente aplicar NIIF para las Pymes
Las entidades que se clasifiquen en el Grupo 3 denominadas MICROEMPRESAS, conforme a lo dispuesto en el Decreto 2706 de 2012, o la norma que lo modifique o sustituya, podrán voluntariamente aplicar la NIIF para las Pymes.
En este caso deben cumplir con los siguientes requerimientos:
·          Deberán cumplir con todas las obligaciones que de dicha decisión se derivarán. En consecuencia, para efectos aplicarán el cronograma antes señalado (artículo 3° del decreto 3022 de 2013)
·          Deberán PERMANECER mínimo tres (3) años
·          Deberán informar al ente de control y vigilancia correspondiente o dejar la evidencia pertinente para ser exhibida ante las autoridades facultadas para solicitar información 

Quienes pertenecen al Grupo 3 - NIIF Microempresas

(a) Personas naturales o jurídicas que cumplan los criterios establecidos en el art. 499 del Estatuto Tributario (ET) y normas posteriores que lo modifiquen. Para el efecto, se tomará el equivalente a UVT, en salarios mínimos legales vigentes.
(b) Microempresas que tengan Activos totales excluida la vivienda por un valor máximo de quinientos (500) SMMLV o Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores que no cumplan con los requisitos para ser incluidas en el grupo 2 ni en el literal anterior.
Tomado de: http://www.orionplus.info/WEB/que-son-las-normas-internacionales-de-contabilidad-niif-nic/software-contable/articulos-de-interes/normas-internacionales-niif-nic/que-son-las-normas-internacionales-de-contabilidad-niif-nic.html



9 comentarios:

  1. muy buen contenido y gran aporte para nuestra formación.

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  2. que diferencia hay entre las NIC y las NIIF

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    1. la diferencia es que la NIC trata el tema de la contabilidad, y las NIIF, tratan el tema de la información financiera.

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    2. las NIIF es un conjunto de normas que comprenden:

      Normas Internacionales de Información financiera (NIIF), International Financial Reporting Standards (IFRS), las cuales comprenden desde la No 1, hasta la No 13.

      Normas Internacionales de contabilidad (NIC), International Accounting Standards (IAS), las cuales comprenden desde la No 1, hasta la No 41; existiendo algunas que han sido eliminadas de forma posterior.

      Comité de Interpretaciones de NIIF (CINIIF), International Financial Reporting Interpretation Committee (IFRIC), las cuales comprenden desde la No 1, hasta la No 21. (algunas han sido eliminadas).

      Standing Interpretations Committee (SIC), Comité de Interpretaciones de las NIC, las cuales solo se encuentran vigentes las número 7, 10, 15, 25, 27, 29, 31 y 32.

      las NIC se denominada IASC, igualmente contaba con un comité de interpretaciones denominado SIC; es decir IASC emitió las NIC hasta la número 41, posteriormente IASC desaparece y entra a ser el emisor de estándares IASB.

      A partir del año 2001 el organismo IASC cambia su nombre y se reestructura por IASB.

      IASB, acepta las NIC y las interpretaciones SIC vigentes a esa fecha y las adhiere a sus conjuntos de estándares, los nuevos estándares emitidos por IASB se denominarían NIIF y las interpretaciones CINIIF.

      Es decir, ya no se expedirían más NIC ni interpretaciones SIC, sino que en adelante lo que puede suceder por parte de IASB es lo siguiente:

      IASB puede modificar una parte de una NIC

      IASB puede eliminar una NIC y crear una nueva NIIF

      la única diferencia entre las NIC y las NIIF se debe al organismo que la emitió, pero ambas tratan temas relacionados con la contabilidad y el reconocimiento, medición, clasificación y revelación.

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  3. ¿Usted cree que, independientemente de este hecho, uno o más estándares e interpretaciones o parte de ellos contienen requerimientos que resultarían ineficaces o inapropiados si se aplicaran en Colombia?.

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    1. Los estándares establecidos por la IASB para la implementación y posterior adopción en Colombia L son eficaces y apropiados para el manejo contable y financiero de las empresas de nuestro país.


      Sin embargo, hay un párrafo en el libro de NIIF para Pymes en la parte del prólogo y que se puede prestar para múltiples interpretaciones. El párrafo es el número 7 del libro “NIIF para pymes pequeña y mediana empresa” del año 2009 y dice lo siguiente:


      Las NIIF están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito de información general, así como en otra información financiera, de todas las entidades con ánimo de lucro. Los estados financieros con propósito de información general se dirigen a la satisfacción de las necesidades comunes de información de un amplio espectro de usuarios, por ejemplo accionistas, acreedores, empleados y público en general. El objetivo de los estados financieros es suministrar información sobre la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil para esos usuarios al tomar decisiones económicas.


      Inicialmente se creía que las NIIF estaban diseñadas solo para las empresas con ánimo de lucro, y que las empresas sin ánimo de lucro tales como fundaciones, corporaciones, agremiaciones, sindicatos, fondos de empleados etc. no podían manejar la contabilidad y la información financiera bajo NIC-NIIF.

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    2. Totalmente compañero, considero que si Colombia quiere adoptar estas normas internacionales debe ponerse primero a tono no solo en el tema contable sino también en el tema financiero, que es en sí la razón de ser de las NIC-NIIF. Además esto puede traer un cambio grande en el mercado internacional ya que incurrirá en que la calidad de la producción y venta sea mucho más competitiva.

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  4. Las NIIF son un hecho en Colombia para obtener la llamada armonización contable y abrir caminos a la inversión extranjera, todo esto a causa de la globalización.
    Qué si las NIIF son eficaces o no?. Creo que lo veremos en los próximos años….cuando el caos de aplicación NIIF, se acabe y todo marche como lo indican los especialistas en el tema.
    Colombia viene de un sistema contable de años…. tema el cual, ya se domina, y a la hora de cambiar, empieza la controversia de nuestras PYMES porque no vemos la necesidad de aplicación; tal vez, porque el sistema NIIF se ve engorroso, minucioso, complejo y sin aciertos de aplicación, ya que parece estar dirigido a grandes empresas; pero de esta manera las NIIF buscan mostrar o reflejar fácilmente el beneficio de quienes van a hacer o tener inversión extranjera, y por ende, el avance empresarial.
    Todo este descontento con el tema se hubiera mitigado, si la difusión, la capacitación e implementación se hubiese realizado a mayor escala. Esperemos que las condiciones y características de aplicación para cada grupo empresarial sean las más adecuadas, ya que si…estoy de acuerdo, con que no pueden ser las mismas NIIF para todos.
    Esta es una breve opinión de una persona que se inicia en el tema contable.

    Referencias:
    1) https://www.youtube.com/estandares internacionales en Colombia Luis Alonso Colmenares
    2) https://www.youtube.com/el impacto de las NIIF en Colombia, Novasoft y Grant Thornton
    3) https://www.youtube.com/conferencia: aplicación y efecto de las NIIF en las pyme

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  5. El objetivo principal de la implementación de la NIIF es la de unificar la información contable y financiera, con el fin de universalizar los estados financieros de cualquier ente u organización, para que puedan ser: interpretados fácilmente, de fácil acceso, pertinente y a las que le competa analizarlos.

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